Cuba cierra julio con 1.327 presos políticos tras 36 nuevas incorporaciones a la lista de Prisoners Defenders documentaras este pasado mes de julio, 15 de ellas vinculadas con protestas. La represión alcanza a un niño de 13 años golpeado y encarcelado, artistas detenidos por protestar contra los apagones, activistas y periodistas perseguidos por denunciar la crisis, mientras se ratifican condenas de hasta 14 años a personas previamente absueltas por falta de pruebas. A ello se suman 459 presos políticos con patologías médicas graves y la utilización de la expatriación forzosa como condición para recuperar la libertad.
En julio, el quinto aniversario del 11J no fue únicamente una fecha de especial vigilancia del disenso, sino el punto de partida de una nueva escalada represiva. Al cierre del mes, Prisoners Defenders documentó 1.327 prisioneros políticos en Cuba, tras incorporar 36 nuevos casos y registrar 15 bajas de la lista. Entre las personas actualmente documentadas hay 150 mujeres y 41 personas que fueron detenidas siendo menores de edad, 17 de los cuales permanecen recluidos en centros penitenciarios. Al cierre de julio, 459 presos políticos padecen patologías médicas graves. Prisoners Defenders ha documentado de forma recurrente desnutrición, torturas y denegación de atención médica y medicamentos entre las condiciones que provocan o agravan estas patologías.
La evolución del mes confirma el patrón advertido en junio, cuando, en vísperas del aniversario de las protestas del 11 de julio de 2021, las autoridades desplegaron una operativa de represión preventiva para neutralizar a ciudadanos con capacidad para informar, influir o movilizar a sus comunidades. Lejos de disminuir después del aniversario, esa represión se tradujo en nuevas detenciones y procesos contra manifestantes, artistas, periodistas, creadores de contenido y activistas. En junio, Prisoners Defenders ya había alertado sobre esta escalada y sobre el récord de menores represaliados.
De los 36 casos incorporados a la lista en julio, 15 están vinculados con protestas por haber participado en ellas, documentarlas, respaldarlas o haber sido relacionados posteriormente con los hechos. Trece de esos casos se concentraron en el oriente y centro-oriente del país, donde los apagones prolongados, la falta de agua y el colapso de otros servicios esenciales impulsan cada día nuevos cacerolazos y manifestaciones. Entre los casos documentados figura el de un niño de 13 años cuya madre denuncia que fue golpeado por agentes policiales y posteriormente recluido tras las protestas en Santiago de las Vegas.
La persecución tampoco se limitó a quienes salieron a las calles. Dos artistas fueron detenidos por protagonizar y grabar un performance contra los apagones; otros activistas fueron encarcelados por denunciar la crisis y convocar movilizaciones; y creadores digitales fueron investigados por difundir contenidos críticos. Un periodista independiente fue liberado sin cargos, pero obligado a firmar un acta de advertencia, que podría ser utilizada para iniciar una causa por desobediencia conforme al artículo 189.3 del Código Penal, una figura que Prisoners Defenders denomina “Desobediencia Penal Precriminal”, y sometido posteriormente a vigilancia.
La represión llega a tal extremo que incluso la mera solidaridad está siendo perseguida y castigada. Aniley Martínez Ramírez fue encarcelada por llevar alimentos y productos básicos a la presa política Lizandra Góngora que, despojada y alejada en 2021 de sus entonces 5 hijos menores, fue privada hasta de sus visitas llevándola a la Isla de la Juventud. La inquina del régimen no tiene límites, y los crímenes de lesa humanidad que se cometen en Cuba, tampoco.
La represión de julio también afectó a quienes ya cumplían condenas. Se ratificaron las penas de 14 y 13 años impuestas a Ana Ibis Tristá Padilla y Jarol Varona Agüero, pese a que ambos habían sido inicialmente absueltos por falta de pruebas. Asimismo, el Tribunal Supremo Popular desestimó además el recurso de casación del escritor y periodista José Gabriel Barrenechea Chávez y dejó firme su condena de seis años de privación de libertad por su participación en las protestas contra los apagones de Encrucijada. Maykel Osorbo fue trasladado sin aviso previo y permaneció cerca de 48 horas con paradero desconocido, mientras numerosos presos políticos son presionados para abandonar definitivamente Cuba como condición para recuperar la libertad. La expatriación forzosa volvió así a utilizarse como un instrumento para apartar del país a cualquier voz crítica.
Cinco años después del 11J, la prisión política y la tortura continúan siendo respuesta a la protesta, la denuncia pública, la creación artística, el periodismo o las iniciativas de organización cívica. Los casos registrados en julio confirman, una vez más, una represión que no solo castiga hechos acontecidos, sino que busca impedir nuevas movilizaciones mediante el miedo, la vigilancia, el encarcelamiento y el destierro.
Un niño de 13 años golpeado y encarcelado tras las protestas
Alex Javier Hernández González, de 13 años, fue detenido sin orden de arresto ni tutela judicial el 22 de julio de 2026 tras las protestas ocurridas en Santiago de las Vegas, Boyeros, La Habana. Según denunció su madre, el adolescente caminaba por la vía que comunica Santiago de las Vegas con Wajay, a la altura del Reparto Mulgoba, cuando agentes policiales, con motivo de las protestas, comenzaron a perseguir y detener a las personas que permanecían en los alrededores.
Alex Javier se encontraba observando lo que sucedía e intentó alejarse al advertir la presencia de los agentes, pero fue alcanzado rápidamente. Su madre denunció que cuatro policías uniformados lo golpearon en la cabeza, el cuello y la espalda. Durante la agresión, el menor suplicaba: “No me den más, soy un niño”. Cuando posteriormente pudo verlo, la mujer constató las lesiones y encontró a su hijo llorando y pidiendo que llamara a su padre.
Tras la detención, Alex Javier fue llevado a la estación policial de Calabazar. Según relató la madre de Alex Javier, los agentes policiales suspendieron su traslado al policlínico, donde debía elaborarse el certificado médico de las lesiones sufridas por el menor, con el espúreo argumento de que faltaba una firma. Paralelamente, intentaron responsabilizar de los golpes a los manifestantes, una versión que el propio menor contradijo al identificar a cuatro policías uniformados como autores de la agresión.
El menor permanece en la prisión denominada “El Combinadito”, un centro penitenciario para menores administrado por el Ministerio del Interior en Guanabacoa. Su detención se produjo sin orden de arresto ni tutela judicial alguna, y Prisoners Defenders considera vulneradas las garantías especiales de protección que corresponden a un niño de 13 años. Hasta el momento no se conocen públicamente los cargos formulados en su contra ni la decisión adoptada por las autoridades sobre su situación.
Artistas detenidos por protestar y documentar los apagones
Los artistas independientes y músicos Pedro Ernesto Farías, conocido como “El Feno”, y Rolando Almenteros, “El Bohemio”, fueron detenidos violentamente el 7 de julio de 2026 en el barrio Santos Suárez del municipio Diez de Octubre, La Habana, sin orden de arresto ni tutela judicial, por agentes de la Seguridad del Estado, en plena vía pública, por protagonizar y grabar un video difundido en redes sociales tras una protesta pacífica contra los apagones en el mencionado barrio.
En las imágenes grabadas, Rolando Almenteros aparece caminando con una bandera cubana sobre los hombros, reclamando una Cuba libre. Según la información recopilada, la detención de Pedro Ernesto Farías estuvo vinculada a la grabación del performance y a que acompañaba a su amigo.
Según las denuncias recibidas, Rolando fue golpeado fuertemente durante el arresto. Posteriormente fue trasladado al centro de detención El Vivac, en Calabazar, Boyeros, La Habana, y se desconoce su estado de salud. Desde su detención solo ha podido conversar durante unos minutos con su madre y siempre en presencia de agentes, lo que le ha impedido explicar con claridad su situación.
Pedro Ernesto Farías también permanece privado de libertad, aunque su lugar de reclusión no ha sido confirmado. Podría encontrarse igualmente en El Vivac. Hasta el momento no existe información clara sobre los cargos que las autoridades pretenden formular contra ambos ni sobre la apertura de un proceso judicial. Sus detenciones evidencian la criminalización de dos jóvenes artistas por manifestarse y documentar públicamente la crisis que atraviesa el país.
Represión digital y reclusión domiciliaria contra un creador de contenido
Yoesbel Rodríguez del Pino, @yoesbelcuba en redes sociales, de 41 años, es creador de contenido, informático, técnico en electrónica y realizador de sonido. Fue detenido el 29 de mayo de 2026 en su domicilio de Santa Cruz del Sur, provincia de Camagüey, durante un operativo de la Seguridad del Estado efectuado sin orden de registro ni de arresto, sin tutela judicial alguna.
Durante el registro de la vivienda, los agentes confiscaron su teléfono móvil, una computadora, una laptop, memorias USB, un disco duro externo, una cámara fotográfica y otros efectos personales. También registraron el inmueble en busca de grandes sumas de dinero, pero no encontraron suma alguna. La incautación de sus dispositivos afectó directamente tanto su actividad profesional como su trabajo de creación y difusión de contenidos digitales.
Las autoridades lo investigan por el presunto delito de “Propaganda contra el orden constitucional”. Actualmente no se encuentra en un establecimiento penitenciario, sino sometido a una medida cautelar de reclusión domiciliaria dictada por la Fiscalía sin tutela judicial alguna. También se han denunciado amenazas en su contra mientras permanece bajo esta situación. Su libertad de movimiento permanece restringida y sigue sujeto a vigilancia y a la presión de las autoridades mientras se define su situación judicial.
Activistas encarcelados por denunciar la crisis y convocar protestas
La represión desplegada durante julio también alcanzó a activistas que denunciaban la crisis del país y promovían protestas ciudadanas pacíficas. Lumey Guzmán y Humberto Michael Gonzáles Zamora fueron detenidos en La Habana, sin orden de arresto ni tutela judicial, en apenas dos semanas de diferencia. Aunque las autoridades les atribuyen delitos distintos, ambos casos presentan un elemento común: sus arrestos se produjeron en medio de su actividad crítica y de sus llamados públicos a protestar pacíficamente contra el Gobierno cubano.
Lumey Guzmán, activista y creadora de contenido, residente en Alamar, fue detenida el 7 de julio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial, después de acudir a una citación de la Seguridad del Estado en la unidad policial de ese reparto. Mantenía una presencia activa en redes sociales, desde donde denunciaba los prolongados apagones, la crisis económica y humanitaria y el abandono que sufre la población cubana.
Tras presentarse en la unidad, no regresó a su domicilio. Durante los primeros días, las autoridades no informaron oficialmente a su familia sobre su paradero ni su situación jurídica. Prisoners Defenders considera que esta ocultación temporal del paradero reúne los elementos de una desaparición forzada de corta duración, un patrón documentado por el Comité contra la Desaparición Forzada (CED) de Naciones Unidas en Cuba. Según los últimos datos oficiales del CED que hemos podido contrastar, a 16 de septiembre de 2025 Cuba acumulaba 200 acciones urgentes registradas, la cuarta cifra más alta entre los Estados parte y, según el análisis de Prisoners Defenders sobre la autoría de los casos registrados, presenta la mayor concentración de desapariciones atribuidas directamente a agentes estatales. Sus allegados denunciaron que fue trasladada repetidamente entre las unidades policiales de Alamar y Cojímar, sin que se conocieran los cargos ni la justificación legal de su privación de libertad.
El 15 de julio fue trasladada al centro de detención El Vivac, en Calabazar, municipio Boyeros, donde permanece en prisión provisional e incomunicada. Las autoridades la investigan por un presunto delito de “Desacato”, aunque sus allegados temen que también intenten imputarla por el delito de “Sedición” debido a sus llamados públicos a protestar pacíficamente.
Su hermano, Rodney Guzmán, denunció que la familia no ha podido visitarla ni entregarle alimentos. También informó que los contenidos de los perfiles digitales de Lumey fueron eliminados sin su conocimiento mientras ella permanecía privada de libertad, lo que, de confirmarse que fue realizado por las autoridades sin autorización, constituiría además una injerencia en su propiedad y sus comunicaciones digitales que se producen, según hemos documentado en Prisoners Defenders, de forma sistemática en Cuba. Hasta el momento no se ha informado de una fecha de juicio ni de una resolución judicial sobre su caso.
Por su parte, Humberto Michael Gonzáles Zamora, delegado del Movimiento Democracia, fue detenido el 22 de julio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial. Tras el arresto fue trasladado a la Sexta Unidad de la Policía Nacional Revolucionaria, en Marianao.
Las autoridades le atribuyen un presunto delito de “Tenencia de arma blanca” y aseguran que durante la detención encontraron un cuchillo en su mochila. Personas cercanas al activista niegan esa versión y sostienen que la acusación está siendo utilizada como pretexto para justificar su privación de libertad por motivos de conciencia y del ejercicio de derechos fundamentales.
Gonzáles Zamora participaba activamente en convocatorias a protestas contra el Gobierno cubano. Sus allegados consideran que el arresto busca apartarlo de las calles e impedir que continúe desarrollando su labor opositora y promoviendo acciones de resistencia cívica.
Hasta el momento no se conocen más detalles sobre las circunstancias en las que se produjo el registro de su mochila, las pruebas incorporadas al expediente, ni la existencia de una acusación formal. Tampoco se ha informado públicamente de una fecha de juicio o de una decisión judicial sobre su situación.
Detenida tras prestar ayuda a una presa política
Aniley Martínez Ramírez fue detenida en junio de 2026 en la Isla de la Juventud, sin orden de arresto ni tutela judicial. Personas cercanas a ella sostienen que la detención está vinculada con la ayuda que brindaba a la presa política Lizandra Góngora Espinosa, a quien llevaba alimentos y otros productos básicos en la Prisión de Trabajo Forzoso Los Colonos.
Góngora Espinosa, activista y presa política, cumple una condena de 14 años por su participación en las protestas del 11 de julio de 2021 en Güira de Melena, Artemisa. En 2023 fue trasladada a la Isla de la Juventud, a unos 160 kilómetros de su hogar y lejos de sus cinco hijos entonces menores, y del resto de su familia. Desde entonces, sus allegados han denunciado las graves dificultades económicas y de transporte para visitarla, entregarle alimentos y hacerle llegar los medicamentos que necesita, ya que para llegar hasta la isla deben viajar en barco o de forma mucho más costosa, en avión, lo que puede convertir cada visita en una travesía de varios días y en una carga económica inabordable para la familia. Estas medidas agravan deliberadamente el aislamiento y el sufrimiento de Lizandra y afectan también a sus hijos y familiares, que encuentran crecientes obstáculos para mantener el contacto y prestarle asistencia.
La ayuda de Aniley resultaba especialmente importante para Lizandra debido a su delicado estado de salud, ya que padece anemia de células falciformes y un fibroma uterino que le provoca dolores y hemorragias, mientras, según las denuncias recibidas, las autoridades le niegan el tratamiento médico que necesita, una situación que Prisoners Defenders considera constitutiva de trato cruel y que agrava su estado de salud. En julio de 2026, además, se encontraba en una celda de castigo, aislada y con crecientes dificultades para acceder a medicinas y mantener contacto con sus hijos. La prolongada represión sufrida por Lizandra Góngora Espinosa presenta paralelismos con la denunciada en otros casos de mujeres opositoras encarceladas, entre ellas la Dama de Blanco Aymara Nieto Muñoz.
Prisoners Defenders insta a los movimientos y organizaciones feministas internacionales a pronunciarse públicamente sobre estos frecuentes casos en la isla y a reclamar la protección de las mujeres presas por motivos políticos en Cuba.
En este contexto, el arresto de Aniley trasciende su propia privación de libertad: al apartar a una de las personas que sostenían materialmente a Lizandra, las autoridades agravan también las condiciones de reclusión, el aislamiento y la vulnerabilidad médica de esta última. Hasta el momento no se conocen públicamente los cargos formulados contra Martínez Ramírez ni la fecha de un eventual juicio.
Periodista excarcelado bajo advertencia y persecución de la prensa independiente
Entre los nuevos casos de detención política documentados este mes figura el de Julio César Álvarez Marrero, periodista independiente residente en Holguín. Su caso refleja la presión ejercida contra quienes informan fuera del control estatal y se inscribe en un contexto marcado por la confirmación de la condena de otro comunicador y por la aprobación de una norma, el Decreto 160/2026, que restringe aún más cualquier atisbo de ejercicio legal del periodismo para la prensa independiente.
Álvarez Marrero fue detenido el 16 de junio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial, después de acudir a una citación oficial. Según la información disponible, las autoridades lo mantuvieron bajo arresto sin orden judicial y posteriormente lo trasladaron al Centro de Instrucción Penal de Holguín.
Durante su reclusión inició una huelga de hambre que se prolongó al menos una semana. Su familia alertó sobre las condiciones de desprotección en las que se encontraba y sobre el riesgo de que la protesta provocara alteraciones metabólicas graves y un rápido deterioro de su salud.
En julio fue puesto en libertad sin cargos y sin que se abriera un proceso penal en su contra. Antes de ser liberado, tuvo que firmar un acta oficial de advertencia mediante la cual las autoridades le comunicaron que, si volvía a ser detenido por motivos relacionados con su activismo, podrían iniciar una causa penal por Desobediencia Penal Precriminal (art. 189.3 del Código Penal de Cuba). Por tanto, actualmente no se encuentra acusado ni pendiente de una resolución judicial, pero continúa sometido a vigilancia diaria, incluso cuando se desplaza por la vía pública. El acta de advertencia y el seguimiento policial prolongan así el efecto intimidatorio de una detención que terminó sin cargo alguno, pero sí con una situación que puede describirse como una condena de facto.
Este nuevo caso se registra mientras otros periodistas independientes continúan cumpliendo largas condenas. José Gabriel Barrenechea Chávez, escritor y periodista privado de libertad desde las protestas contra los apagones de noviembre de 2024 en Encrucijada, Villa Clara, recibió en julio una nueva decisión adversa. El Tribunal Supremo Popular desestimó su recurso de casación y ratificó su condena de 6 años de privación de libertad. En la misma resolución ratificó las penas impuestas a otros tres manifestantes juzgados por los mismos hechos: 8 años de privación de libertad para Yandri Torres Quintana, 7 años para Rafael Javier Camacho Herrera y 5 años para Rodel Bárbaro Rodríguez Espinosa.
A la persecución individual se suma la imposibilidad de ejercer legalmente el periodismo independiente.
El 28 de julio se publicó el Decreto 160/2026, vigente desde el 4 de agosto, que regula las actividades prohibidas o condicionadas para las empresas privadas, micro, pequeñas y medianas empresas privadas, las cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia. La norma impide que los actores económicos no estatales publiquen periódicos, libros o revistas; creen editoriales o agencias de noticias; gestionen transmisiones de radio o televisión; u ofrezcan servicios de información noticiosa. También prohíbe expresamente las actividades periodísticas fuera del sector estatal. Aunque la exclusión legal y la represión de la prensa independiente no constituye una novedad en la práctica cubana, el Decreto 160 la recoge de forma expresa en la regulación de la actividad económica privada y reserva al sector estatal la publicación periódica, las agencias de noticias y otras actividades informativas. La norma refuerza así el marco legal utilizado para impedir que los medios independientes obtengan reconocimiento jurídico, con el fin de que el régimen pueda hacer aún más férreos los impedimentos a la transmisión de información independiente y veraz.
La detención de Álvarez Marrero, la condena firme de Barrenechea y las restricciones del Decreto 160 muestran diferentes formas de presión sobre la prensa y los informadores independientes y muestran la creciente presión ejercida sobre la prensa y los informadores independientes mediante instrumentos policiales, penales y regulatorios: arrestos sin cargos, amenazas de futuros procesos penales, encarcelamiento prolongado y prohibiciones que impiden adquirir reconocimiento legal.
15 de los casos incorporados en julio están vinculados con protestas
Entre los 36 casos incorporados a la lista este mes, 15 están vinculados con protestas, ya sea por respaldarlas o por encontrarse vinculados con ellas. La represión se concentró especialmente en el oriente y centro-oriente del país: 13 de estos 15 casos corresponden a Camagüey, Guantánamo, Holguín, Las Tunas y Santiago de Cuba.
Los otros dos se registraron en los municipios habaneros de Guanabacoa y Boyeros. La Habana sigue siendo un foco de especial atención para las autoridades, por la presencia de la prensa internacional y del cuerpo diplomático y por la mayor visibilidad que adquieren allí las acciones de protesta y disidencia.
Los 15 casos están vinculados con manifestaciones y cacerolazos motivados por los prolongados apagones, la falta de agua y el deterioro general de las condiciones de vida. En varios casos, los operativos no se limitaron a quienes participaron directamente en las protestas, sino que alcanzaron también a personas que las documentaron, expresaron consignas, auxiliaron a manifestantes o fueron relacionadas posteriormente con los hechos o con su difusión.
Santiago de Cuba y Camagüey concentran el mayor número de encarcelamientos registrados, con cuatro casos cada una, seguidas de Guantánamo y Holguín, con dos respectivamente, y Las Tunas, con uno. Esta distribución revela que el descontento social y la respuesta represiva tuvieron una incidencia particularmente marcada fuera de La Habana, en provincias golpeadas por el colapso de los servicios básicos y con mayores dificultades para visibilizar las detenciones y obtener asistencia jurídica.
Camagüey: cuatro detenidos tras el cacerolazo del Oriente rebelde
Lisbany Aguilera La Ó y su tío, Luís Alberto La Ó Ramírez, fueron detenidos junto con Raudel Ramírez Vázquez y Yoelkis Fonceca el 26 de julio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial, un día después de un cacerolazo en la comunidad Oriente Rebelde, municipio Sibanicú, provincia de Camagüey. Según residentes y familiares, las autoridades los vinculan con esta protesta, motivada por la prolongada falta de servicios básicos, especialmente agua potable y electricidad.
Oriente Rebelde se encuentra a 19 kilómetros de la Carretera Central y atraviesa una situación crítica. Sus habitantes denuncian que reciben electricidad únicamente durante periodos de entre 30 y 45 minutos al día, deben transportar el agua en cubos y carecen de servicios adecuados de emergencia. Según denuncian residentes de la comunidad, las ambulancias no llegan incluso ante determinadas urgencias médicas, y atribuyen a esas demoras consecuencias graves, incluidos fallecimientos.
Tras la protesta, agentes de la Seguridad del Estado desplegaron un operativo en la localidad, citaron e interrogaron a varios vecinos y los amenazaron por haber participado en el cacerolazo o estar vinculados con él. Como resultado fueron detenidos Lisbany, Luís Alberto, Raudel y Yoelkis. Un quinto ciudadano, cuyo caso estamos trabajando por confirmar en todos sus extremos, habría sido arrestado el 27 de julio.
Lisbany, Luís Alberto, Raudel y Yoelkis permanecen recluidos provisionalmente en una unidad policial de Camagüey y habrían sido puestos a disposición de la Fiscalía. En Cuba, la Ley otorga amplios e irrestrictos poderes a la Fiscalía para aplicar medidas cautelares de privación de libertad sin que juez alguno conozca siquiera el nombre o caso del acusado. [1] Hasta el momento no se conocen los cargos formulados contra ellos ni se ha informado de una fecha de juicio o de una resolución judicial.
Holguín: encarcelados por protestar tras más de 40 horas sin luz ni agua
Denio Jesús Rodríguez Moreno y Raúl Frómeta fueron detenidos sin orden de arresto ni tutela judicial el 13 de junio de 2026 en el municipio Mayarí, provincia de Holguín, después de un altercado que comenzó cuando Denio Jesús Rodríguez Moreno expresó consignas contra el Gobierno cubano, tras más de 40 horas sin electricidad ni suministro de agua.
Según nuestras fuentes, Rodríguez Moreno gritó “¡Abajo la dictadura!” y pronunció otras expresiones críticas contra Miguel Díaz-Canel. Un policía fuera de servicio que reside en el barrio habría reaccionado agrediéndolo físicamente y rociándole gas pimienta en el rostro. Raúl Frómeta, Reimer Martínez y al menos otro joven conocido como “Michel” intervinieron en el incidente para proteger a Rodríguez Moreno.
Minutos después, agentes de la Seguridad del Estado acudieron al lugar y detuvieron a los presentes. Aunque las informaciones publicadas hacen referencia al arresto de cuatro jóvenes, hasta el momento solo disponemos de información suficiente para la verificación de la detención de Rodríguez Moreno y Frómeta.
Los detenidos fueron trasladados inicialmente a la unidad municipal de la Policía y posteriormente ingresados en la prisión Playa Manteca, en Mayarí, donde permanecen en prisión provisional. Sus familiares temen que sean procesados por el presunto delito de “Desacato”. Hasta el momento no se ha informado de una fecha de juicio ni de una resolución judicial sobre sus casos.
Guantánamo: 6 arrestos en la protesta contra los apagones y dos hermanos multados
Los hermanos Yeansg Carlos Pérez George, de 35 años, y Cristian Jesús Bergondo George, de 22 años, fueron detenidos la noche del 14 de julio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial, durante una protesta espontánea contra los prolongados cortes de electricidad en el barrio Loma del Chivo, en Guantánamo. Los residentes salieron frente a sus viviendas, golpearon calderos y exhibieron carteles para reclamar el restablecimiento del servicio eléctrico.
Agentes de la Seguridad del Estado y de la Policía Nacional Revolucionaria acudieron al lugar, filmaron a los manifestantes y efectuaron al menos 6 arrestos. Además de los dos hermanos, fueron detenidos otros cuatro ciudadanos, cuando intentaban impedir que los agentes se llevaran a Yeansg Carlos y Cristian Jesús. Estos cuatro detenidos fueron posteriormente liberados sin cargos.
Tras su arresto, los hermanos permanecieron incomunicados en el centro de detención El Técnico, en Guantánamo. Sus familiares se concentraron frente a la Unidad de Operaciones de la Seguridad del Estado para solicitar información sobre su paradero y denunciaron haber recibido malos tratos por parte de las autoridades. Inicialmente, se les habría comunicado que los detenidos estaban siendo investigados por un supuesto delito contra la seguridad del Estado.
Posteriormente, las autoridades intentaron atribuirles presuntas agresiones físicas contra agentes policiales. Yeansg Carlos y Cristian Jesús rechazaron esa acusación y sostuvieron que quienes discutieron con los policías fueron las mujeres presentes en la vivienda, mientras que ellos fueron arrestados por ser los únicos hombres que se encontraban allí. Ambos iniciaron una huelga de hambre para protestar contra su detención y las acusaciones formuladas en su contra.
Los hermanos fueron finalmente liberados tras la imposición de una multa de 2.000 pesos, sin que conste la celebración de un proceso judicial. También se denunció que residentes de Loma del Chivo recibieron amenazas de multas o prisión para impedirles informar sobre lo ocurrido.
Condenas ratificadas tras una absolución por falta de pruebas
Las condenas contra los presos políticos Ana Ibis Tristá Padilla y Jarol Varona Agüero fueron ratificadas tras la resolución de sus recursos de casación. Ana Ibis deberá cumplir 14 años de privación de libertad por los supuestos delitos de “Propaganda contra el orden constitucional” y “Otros actos contra la seguridad del Estado”, mientras que Jarol fue condenado a 13 años por el segundo de estos delitos.
Ana Ibis Tristá Padilla, de 37 años, permanece recluida en la Prisión de Mujeres de Las Tunas, conocida como La Veguita, y Jarol se encuentra en la Prisión Provincial de Las Tunas, El Típico. Según la acusación, Ana Ibis habría sido la principal organizadora de una convocatoria a una marcha pacífica en Las Tunas que nunca llegó a realizarse. También le atribuyeron la colocación de carteles políticos y la planificación del lanzamiento de cócteles molotov en la ciudad. En este tipo de procesos contra activistas pacíficos, las acusaciones suelen incluir la atribución de actos preparatorios o planes que, según la experiencia acumulada en Cuba por Prisoners Defenders, no suelen estar respaldados por pruebas suficientes.
Ambos fueron detenidos en noviembre de 2023, sin orden de arresto ni tutela judicial, y permanecieron varios meses en prisión provisional. Posteriormente, el Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba los absolvió por falta de pruebas. En Cuba, las absoluciones por sentencia judicial pueden ignorarse de forma arbitraria, y esa decisión fue anulada y, tras ordenarse la repetición del proceso, que Prisoners Defenders considera carente de garantías y dirigido a revertir arbitrariamente la absolución inicial, Ana Ibis y Jarol fueron condenados a 14 y 13 años de prisión, respectivamente. La resolución del recurso de casación deja ahora como firmes ambas sanciones.
Las acusaciones ahora se sustentaron en testimonios de oficiales de la Contrainteligencia y del Ministerio del Interior. En el primer proceso no se localizaron elementos materiales suficientes para respaldar los cargos y los indicios presentados, como actas de confiscación y registro del contenido de sus teléfonos, registros de llamadas y certificados bancarios, no permitieron demostrar la tesis acusatoria.
Prisoners Defenders denuncia que, tras no resultar suficientes las pruebas materiales en el primer proceso, la acusación se apoyó con posterioridad únicamente en testimonios de oficiales de la Contrainteligencia y del Ministerio del Interior, hasta desembocar en la condena de dos personas que habían sido previamente absueltas por insuficiencia probatoria, una ausencia de garantías que Prisoners Defenders ha documentado reiteradamente en procesos de naturaleza política en Cuba.
En relación con este último punto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha venido pronunciándose sobre los riesgos de justificar condenas de cárcel exclusivamente con testigos funcionarios del Estado en aquellos supuestos en los que el Estado sea parte del procedimiento, inclusive mediante participación a través del Ministerio Público o Fiscal, en tanto que no deja de representar los intereses del Estado.
En aquellos casos en los que el Estado sea parte, los testimonios efectuados por funcionarios del Estado, no deberían constituir, so pena de incurrir en vulneración de Derechos Humanos, por sí mismos, un elemento probatorio suficiente como para concluir la privación de libertad de un acusado, máxime cuando el Partido Comunista de Cuba exige a los funcionarios públicos un estándar moral que les conmina a la discriminación del opositor político e impide contradecir la versión oficial dictada por el Gobierno.
En una comunicación realizada desde la prisión con Prisoners Defenders, Ana Ibis volvió a declararse inocente y denunció que su condena fue impuesta sin que se presentaran nuevas pruebas ni indicios. Aunque la documentación jurídica indica que la absolución fue anulada y que se ordenó repetir el proceso, la presa política sostiene que no contó con una nueva oportunidad efectiva de defensa ni con un juicio provisto de garantía alguna, algo que es característico de cualquier juicio en Cuba, pero especialmente en los casos en los que el Estado aplasta a sus ciudadanos en los tribunales.
Ana Ibis también afirmó a Prisoners Defenders que los integrantes del tribunal que inicialmente la absolvieron habrían recibido presiones de la Seguridad del Estado para modificar el desenlace del caso.
Desde prisión mantiene una actitud firme. Asegura que nadie conseguirá silenciarla y que continuará denunciando las injusticias y represalias que pueda sufrir dentro del centro penitenciario. “No estamos muertos, y menos callados”, afirmó al referirse a los opositores encarcelados, al tiempo que pidió que su caso no quede impune ni sea olvidado.
Su estado de salud añade gravedad a la ratificación de la condena. Ana Ibis presenta problemas renales, debilidad extrema, desmayos y dolores intensos en los huesos y las articulaciones. En la comunicación más reciente confirmó además que su peso descendió de 69 a 58 kilogramos y que estaba sufriendo una recaída de sus dolencias. Pese a este deterioro, reafirmó su determinación de continuar denunciando desde prisión y agradeció el apoyo recibido dentro y fuera de Cuba.
Maykel Osorbo: traslado arbitrario y pronunciamiento de la CIDH
El 10 de julio se denunció que el artista y preso político Maykel Castillo Pérez, conocido como Maykel Osorbo y ganador, mientras permanecía en prisión, de dos Latin Grammy Latino por Patria y Vida – Canción del Año y Mejor Canción Urbana en 2021, y por quien Prisoners Defenders no ha localizado un solo pronunciamiento público explícito de The Latin Recording Academy que reclame su liberación a pesar de que Naciones Unidas reclama su liberación inmediata, había sido trasladado desde la prisión Kilo 8, en Pinar del Río, sin previo aviso a su familia ni información oficial sobre su destino. La ausencia de noticias provocó que familiares y allegados denunciaran una desaparición forzada temporal.
Según la activista Anamely Ramos, funcionarios penitenciarios entraron en la galera donde se encontraba Maykel, le ordenaron recoger todas sus pertenencias y se lo llevaron sin ofrecerle explicación alguna. Durante casi 48 horas desconocieron su paradero, las razones del operativo y las condiciones en las que permanecía.
Finalmente, el propio artista logró comunicarse por teléfono con personas cercanas y confirmó que había sido trasladado a la prisión de máxima seguridad de Guanajay. Según relató, inicialmente él tampoco sabía dónde se encontraba. Durante la llamada señaló, además, que continuaba esperando la tramitación de un proceso de asilo y refugio en los Estados Unidos. No obstante, el 21 de julio se hizo público que Estados Unidos había aprobado un parole humanitario para Maykel Osorbo, que continúa encarcelado en Cuba pese a disponer de esa autorización de entrada.
La expatriación forzosa es una de las condiciones que el régimen cubano está imponiendo a este y muchos otros presos políticos en Cuba para su excarcelación. Hasta el momento, las autoridades cubanas no han explicado oficialmente los motivos del traslado ni las condiciones bajo las cuales permanecerá recluido.
Maykel Osorbo cumple una condena de 9 años de privación de libertad por su actividad artística, su activismo y su defensa de la canción Patria y Vida. Como coautor e intérprete de esta canción, obtuvo dos premios Latin Grammy: Canción del Año y Mejor Canción Urbana. Prisoners Defenders reprocha a The Latin Recording Academy no haber reclamado públicamente y de forma expresa la liberación de uno de sus propios galardonados. El contraste es especialmente significativo porque mecanismos internacionales de derechos humanos han reclamado medidas dirigidas a poner fin a su encarcelamiento, mientras Prisoners Defenders no ha localizado un pronunciamiento equivalente de la Academia reclamando su liberación.
Al mismo tiempo, el caso registró un avance significativo en el ámbito internacional: por medio de un proceso de denuncia de Prisoners Defenders en 2021, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó en un informe de fondo que Maykel fue víctima de detención arbitraria y desaparición forzada, así como de vulneraciones de su integridad personal, libertad de expresión artística, reunión, asociación, acceso a la justicia y debido proceso. La CIDH recomendó dejar sin efecto su condena de nueve años, investigar las violaciones cometidas y reparar integralmente al artista.
La CIDH aprobó inicialmente el Informe de Admisibilidad y Fondo No. 78/26, a partir de la denuncia sometida al organismo por Prisoners Defenders desde 2021 hasta el presente año, y lo transmitió al Estado cubano para que informara sobre el cumplimiento de sus recomendaciones. Ante la falta de respuesta de Cuba, la Comisión publicó el 13 de julio de 2026 el Informe No. 82/26, Caso 15.536, Maykel Castillo Pérez, en el que mantuvo sus conclusiones y reiteró sus recomendaciones de dejar sin efecto la condena, reparar integralmente las violaciones declaradas, investigar la desaparición forzada y adoptar medidas de no repetición.
Estas conclusiones forman parte del Informe 78/26, comunicado al Estado cubano el 22 de junio de 2026 a partir de la documentación y la denuncia realizada por Prisoners Defenders desde 2021 hasta el presente año. Transcurrido el plazo correspondiente, la Comisión dejó constancia de que el Estado no consiguió refutar los hechos ni tampoco informó sobre el cumplimiento de las medidas recomendadas, por lo que el Informe 78/26 quedó aprobado manteniendo íntegramente sus conclusiones.
El pronunciamiento adquiere especial relevancia ante un nuevo traslado de Maykel Osorbo ejecutado sin información para sus familiares, pues confirma que el ocultamiento temporal de su paradero no constituye un hecho aislado dentro de su caso. La Comisión también recomendó identificar a los responsables y revisar las figuras penales utilizadas para castigar la protesta, la creación artística y el disenso. Sus conclusiones respaldan los hechos documentados por Prisoners Defenders y refuerzan las demandas internacionales para que Maykel sea liberado.
Prisoners Defenders solicita a The Latin Recording Academy que se pronuncie públicamente en favor de la liberación de Maykel Osorbo y ejerza su capacidad de influencia en defensa de los derechos fundamentales de uno de sus artistas galardonados.
La libertad a cambio del destierro: presos políticos y expatriación forzosa
El exilio continúa utilizándose en Cuba como una extensión de la represión contra los presos políticos. La salida del país se presenta como única alternativa para recuperar la libertad, de modo que una excarcelación que debería ser incondicional queda subordinada al abandono permanente de la patria. Los casos recientes de Luis Manuel Otero Alcántara, Yosvany Rosell García Caso y Roilán Álvarez Rensoler muestran distintas modalidades de este mismo mecanismo: expatriación ya consumada, anuncio de salida forzosa y ofrecimiento de excarcelación condicionada al abandono del país.
Luis Manuel Otero Alcántara terminó de cumplir íntegramente su condena de cinco años el 9 de julio. Pese a ello, permaneció retenido e incomunicado hasta que, el 18 de julio, fue expatriado por las autoridades cubanas directamente a Estados Unidos. El artista y los medios de comunicación describieron su salida como un exilio forzado, una expatriación forzosa —término utilizado desde 2019 por procedimientos especiales de Naciones Unidas al abordar casos cubanos de esta naturaleza—, pues abandonar Cuba fue la única opción que se le permitió para recuperar plenamente la libertad.
En el caso de Yosvany Rosell García Caso, las autoridades penitenciarias le comunicaron que sería “enviado fuera de Cuba”. Tanto él como su familia rechazaron esa posibilidad y defendieron su derecho a permanecer en su país. Su esposa denunció que el exilio forzoso no puede imponerse como condición para salir de prisión y afirmó que la familia desea contribuir al futuro de Cuba, no ser obligada a abandonarla.
Roilán Álvarez Rensoler se enfrenta a una presión similar. La Seguridad del Estado condicionó su excarcelación a que sus familiares compraran un pasaje con destino a Guyana. La familia, además de carecer de recursos para adquirirlo, teme que se trate de una maniobra de chantaje y que, aun después de pagar el boleto, las autoridades no cumplan lo prometido. La presión se produce mientras Roilán permanece encarcelado, en extrema debilidad y con graves secuelas de varias huelgas de hambre.
En los tres casos, el exilio funciona como una prolongación del castigo y responde a una práctica recurrente de expatriación forzosa del régimen cubano: condicionar la recuperación de la libertad al abandono definitivo del país. Una salida aceptada bajo la amenaza de continuar en prisión no constituye una decisión migratoria libre. La expulsión tampoco repara el encarcelamiento arbitrario, sino que añade el desarraigo, la separación familiar y el apartamiento de una voz crítica del territorio nacional.
Prisioneros políticos verificados en Cuba durante el mes de julio
Con datos cerrados al 31 de julio de 2026, la lista de prisioneros políticos en Cuba contiene un total de 1.327 prisioneros políticos y de conciencia sometidos a sentencias judiciales o a disposiciones de limitación de libertad impuestas por las “Fiscalías”, sin supervisión judicial, debido proceso ni defensa efectiva, en flagrante violación del derecho internacional. Esta lista se hace pública y se distribuye mensualmente en ámbitos políticos, diplomáticos y de defensa de los derechos humanos. En los últimos 12 meses -del 1 de agosto de 2025 al 31 de julio de 2026- la lista sumó 275 presos políticos nuevos, un promedio de 23 al mes. Eso supone que, a lo largo de ese periodo, estuvieron presentes en la lista 1.447 prisioneros políticos, todos ellos torturados, como demostramos en el análisis en profundidad de 181 casos seleccionados aleatoriamente para el Primer Estudio Integral sobre la Tortura en Cuba.
Cuba ha totalizado 2.148 presos políticos en sus cárceles desde el 1 de agosto de 2021 hasta finales de julio de 2026, en apenas cinco años, de los cuales 2.001 han ingresado en prisión desde entonces.
Este pasado mes de julio han entrado en nuestra lista 36 nuevos prisioneros políticos. Otros 15 han salido de la lista este mes por cumplimientos íntegros de condena.
De los 1.327 prisioneros políticos:
- 41 de los prisioneros políticos de la lista actual fueron detenidos siendo menores de edad: 39 chicos y 2 chicas. En un informe remitido a Naciones Unidas, el régimen de Cuba reconoció la veracidad de nuestras cifras. La cifra actual, sin embargo, no incluye a decenas de menores que ya han salido de la lista tras cumplir íntegramente sus condenas. En Cuba, los menores son recluidos en centros de carácter penitenciario -auténticas prisiones- eufemísticamente denominados “Escuelas de Formación Integral”, que no dependen del Ministerio de Educación, sino del Ministerio del Interior. En estos auténticos centros penitenciarios con celdas, como ya denunció el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas en sus observaciones finales de 9 de junio de 2022, son confinados cada año al menos 150 niños menores de 16 años. Ese mismo Comité destacó además que en torno a 260 adolescentes de 16 y 17 años sufren cada año privación de libertad en prisiones convencionales. Son, por tanto, al menos 410 menores los que padecen prisión cada año en Cuba, según ha podido confirmar Naciones Unidas.
- 16 de los menores del 11J han sido ya condenados por sedición. La pena media impuesta a estos menores condenados por sedición es de 5 años de privación de libertad, un castigo superior, en promedio, al que sufrían los adultos en prisión política antes del 11J. En la actualidad, la mayoría se encuentra en reclusión domiciliaria o en régimen de trabajo forzado sin internamiento.
- De nuestra lista actual, 217 manifestantes han sido condenados por “Sedición”, con un promedio de 10 años de privación de libertad.
- 150 mujeres sufren actualmente autos fiscales, medidas cautelares y condenas políticas y de conciencia.
- Entre los prisioneros políticos que permanecen entre rejas hemos censado 459 presos con patologías médicas graves y hemos confirmado que estas se deben a la falta de alimentación, los malos tratos, el ambiente represivo y su agravamiento por la ausencia de atención médica. También hemos verificado 54 prisioneros políticos entre rejas con trastornos graves de salud mental sin tratamiento médico o psiquiátrico adecuado.
801 Convictos de Conciencia, 489 Condenados de Conciencia y 37 otros presos políticos
Convictos de Conciencia y Condenados de Conciencia son aquellas víctimas cuya privación de libertad -los primeros- o limitación de libertad -los segundos- es consecuencia de:
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del ejercicio de los derechos de libertad de conciencia, pensamiento, expresión, manifestación, reunión y/o asociación u otros derechos humanos fundamentales.
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, de los principios de presunción de inocencia y/o debido proceso o como consecuencia de una investigación prospectiva.
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del principio de neutralidad, imparcialidad y/o derecho a la defensa.
En otro grupo más complejo de catalogar, Otros Presos Políticos, incluimos casos en privación completa de la libertad, pero no catalogables como Convictos de Conciencia por acciones penalmente reprochables, cuyos desproporcionados procesos y penas han sido ejecutados mediante una violación grave a sus derechos de defensa y debido proceso, todo ello motivado por razones políticas y/o ideológicas.
Por ello, los 1.327 prisioneros políticos verificados por el ejercicio de sus derechos fundamentales se dividen en Convictos de Conciencia, Condenados de Conciencia y Otros Presos Políticos, categorías que pueden examinarse en nuestra lista de prisioneros políticos.
La clasificación actual es la siguiente:
- 801 Convictos de Conciencia
- 489 Condenados de Conciencia
- 37 casos de Otros Presos Políticos
[1] WGAD Op. 63/2019, WGAD Op. 63/2021, JAL CUB 2/2024, WGAD Op. 13/2024, CAT/C/CUB/CO/3, WGAD Op. 65/2020, CED/C/CUB/AI/1, WGAD Op. 66/2024, CAT/C/CUB/CO/2, WGAD Op. 13/2021, WGAD Op. 41/2021, AL CUB 3/2021, CAT/C/CUB/3







