El régimen cubano sigue demostrando que la represión más cruel es el factor identitario del mismo. La lista de Prisoners Defenders vuelve a crecer hasta los 1.152 prisioneros políticos. El fraude en las excarcelaciones ya se ha cobrado la primera víctima revocada a prisión. Mientras, el resto de los 230 presos políticos excarcelados en Cuba sufren la persecución diaria, unas condiciones draconianas y la amenaza de ser revocados también a prisión, pues sus condenas están intactas y su situación de represión domiciliar es inasumible. Otros 216 Condenados de Conciencia sufren similares situaciones. Por su lado, los 706 que aún permanecen entre rejas y sus familias sufren cada vez mayores torturas, golpizas y malos tratos de todo tipo imaginable. 473 presos políticos tienen problemas graves de salud y sus vidas corren auténtico riesgo.
1.152 prisioneros políticos en Cuba
El 14 de enero, tras un acuerdo con el Vaticano, el régimen cubano anunció la “liberación gradual” mediante “beneficios” penitenciarios de “553 presos”. A fecha de 10 de marzo, el gobierno de Cuba dio por terminado el proceso. Sin embargo, ni uno sólo fue propiamente “liberado”. En efecto, 230 presos políticos fueron excarcelados en Cuba bajo las draconianas condiciones de un régimen carcelario-domiciliar, manteniendo sus condenas intactas y bajo gravísimas situaciones de coarto de sus libertades fundamentales, de movimiento y, además, bajo trabajos forzosos muchos de ellos. Más aún, 323 de los 553 excarcelados por el régimen eran delincuentes comunes que el régimen quiso hacer pasar por presos políticos. El fraude lo confirmó un estudio exhaustivo que también demostró que más del 85% de los 230 presos políticos excarcelados ya tenían derecho al régimen abierto. Fueron retenidos en prisión meses o años, en contra de las propias leyes de Cuba, con el fin de vender sus liberaciones. Mientras, el régimen sigue, cada mes, encarcelando nuevos inocentes.
Otro mes más, el régimen suma presos 8 nuevos políticos en sus cárceles, para un total de 1.152 prisioneros políticos, de los cuales 706 permanecen en situación carcelaria, los “Convictos de Conciencia” (666 de ellos) y otros presos políticos (40 de ellos), mientras 446 permanecen bajo un régimen carcelario-domiciliar, muchos condenados con trabajos forzosos para el Estado, razón por la cual permanecen todos ellos monitorizados en nuestra lista bajo el epígrafe de los que llamamos “Condenados de Conciencia”.
473 presos políticos en Cuba, el 67% de los 706 presos políticos que aún permanecen en prisión en Cuba, sufren graves patologías y 40 presos políticos en Cuba, un 6%, padece serios trastornos de salud mental. Todos ellos languidecen en prisiones cubanas donde el hambre y la falta de atención médica, que agravan sus patologías, se utilizan como formas de tortura y donde el hacinamiento y la falta de agua favorecen el crecimiento descontrolado de brotes de enfermedades altamente contagiosas, como la tuberculosis, dengue, sarna y muchas otras, que ya se cobran la vida de cientos de presos cada año, de los 90 mil que permanecen confinados en prisión en Cuba.
En Cuba, a los presos políticos con gravísimas patologías el régimen cubano les deniega sistemáticamente la licencia extrapenal, condenándolos a una muerte probable o, como mínimo, preocupantes secuelas de por vida.
8 nuevos presos políticos entran en la lista en marzo
Han entrado en nuestra lista 3 nuevos presos políticos condenados en Villa Clara que merecen atención por ser víctimas del cada vez más usado tipo penal de “Propaganda contra el orden constitucional“:
- Yaser García López fue detenido el pasado 18 de marzo por hacer publicaciones en redes sociales en favor de los derechos humanos y contrarias a las políticas del Gobierno de Cuba. Le han imputado un fabricado delito de “Propaganda contra el orden constitucional“. Se encuentra en la prisión La Pendiente de Santa Clara, Villa Clara.
- Sergey Pozo Tagle y Yamislán Pozo Águila, padre e hijo, fueron detenidos arbitrariamente sin orden de detención el pasado 13 de febrero y están siendo acusados de haber incurrido en un fabricado delito de “Propaganda Contra el Orden Constitucional” tras ser fotografiados cuando repartían propaganda en favor de los derechos humanos y contra las acciones represivas del gobierno. Tras la detención fueron llevados a una unidad de la Seguridad del Estado sin tutela judicial y privados del acceso a abogado independiente alguno, donde permanecieron 26 días hasta que fueron trasladados a la prisión de máxima seguridad “La Pendiente” de Santa Clara, Villa Clara.
Presos políticos en Cuba gravemente enfermos sin beneficios penitenciarios
De los 706 presos políticos aún encarcelados de nuestra lista (Convictos de Conciencia y otros presos políticos), hemos identificado a 473 con patologías médicas graves y 40 con problemas de salud mental. Entre ellos hay multitud de casos de presos políticos gravemente enfermos que deberían beneficiarse de una licencia extrapenal que el régimen cubano deniega continua y arbitrariamente, como en el emblemático caso, uno de entre muchos, de Loreto Hernández García, con graves patologías acumuladas de salud (asma, hipertensión, diabetes y problemas cardíacos graves junto a un cuadro de desnutrición).
Sirvan de ejemplo algunos graves casos de presos de conciencia bajo peligro en estos momentos:
- Loreto Hernández García, ifá (sacerdote afrocubano) líder de la Asociación Yorubas Libres de Cuba. Su caso actual ha sido defendido oficialmente por 6 Mandatos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas por persecución por motivos religiosos, y ha sido declarado Convicto de Conciencia por Prisoners Defenders y posteriormente por Amnistía Internacional. Su caso también ha sido defendido por Human Rights Watch. Fue condenado a 7 años de privación de libertad por los supuestos delitos de “Desórdenes públicos” y “Desacato”, acusado de haber sido contactado y financiado “desde el exterior” para movilizar a personas “desafectadas e inconformes”. Loreto fue detenido sin orden de detención, encarcelado sin tutela judicial, acusado mediante investigación prospectiva y fabricación de pruebas, en ausencia de un abogado defensor independiente (profesión independiente prohibida en Cuba que ha sido sustituida por juristas y agentes que trabajan para el Ministerio de Justicia y la Seguridad del Estado, es decir, la parte acusadora, como ha denunciado Naciones Unidas en numerosas ocasiones), sin la posibilidad de presentar peritos de parte (algo no permitido en Cuba, en violación de la igualdad de armas en el proceso penal), impidiendo las testificales de su defensa, o en el mejor de los casos desacreditándolas sin justificación, y mediante una acusación fraudulenta y motivada por causas políticas.
Loreto, de 53 años, padece cardiopatía isquémica, hipertensión, polineuropatía diabética y asma crónica, unido a un cuadro de desnutrición. La comisión médica del propio gobierno cubano que lo examinó dictaminó que su estado era incompatible con el confinamiento en prisión. A pesar de esto, la Seguridad del Estado, brazo represor plenipotenciario del cartel criminal instaurado en Cuba como supuesto “gobierno”, dio orden a las autoridades penitenciarias y judiciales (todas bajo el mando de la Seguridad del Estado) de que Loreto permaneciera en prisión hasta que su mujer, Donaida, dejara de hacer publicaciones y se expresara públicamente en defensa de su caso. Toda una distopía criminal.
En estos momentos, Loreto está presentando fuertes dolores en el pecho, crisis de hipertensión, sufre de fuertes taquicardias y se teme por su vida. Su esposa, Donaida Pérez Paseiro, el pasado 15 de enero fue excarcelada bajo un régimen carcelario-domiciliar mediante el acuerdo entre la Iglesia Católica y el régimen de Cuba, y desde finales de marzo promueve la campaña internacional “No dejemos morir a Loreto“, campaña que ha logrado una impresionante acogida internacional.
Sin embargo, la Comisión Europea no ha reaccionado públicamente por él, como viene siendo vergonzosamente lo habitual, a pesar de ser testigos de excepción de éste y de otros casos como el de Loreto, por los que tampoco desde hace años han alzado la voz pública, salvo en contadísimas excepciones, especialmente desde que está en vigor el Acuerdo de Diálogo Político con Cuba. Este aborto contractual (por fallido y por violado por las dos partes) pretendía impulsar la sociedad civil de Cuba, mientras que lo que ha impulsado la Comisión Europea de forma exclusiva son las asociaciones y empresas del Estado con la inyección de millones de euros incluso malversando los fondos en concepto de ayudas a la “sociedad civil”, como ya demostramos y como ha condenado también el propio Parlamento Europeo a través de una votación ganada por mayoría absoluta (P9_TA(2024)0122, párrafo H).
- Alexander Díaz Rodríguez fue condenado a 5 años de prisión que cumple en el Combinado de San Dino, en Pinar del Río. Fue imputado, junto a un grupo de personas, por “generar desconcierto, caos y desasosiego social en la manifestación de la ciudad de Artemisa” el 11 de julio de 2021. Alexander fue detenido sin orden de detención, encarcelado sin tutela judicial, acusado mediante investigación prospectiva y fabricación de pruebas, en ausencia de un abogado defensor independiente (profesión independiente prohibida en Cuba que ha sido sustituida por juristas que trabajan para el Ministerio de Justicia y la Seguridad del Estado, es decir, la parte acusadora, como ha denunciado Naciones Unidas en numerosas ocasiones), sin la posibilidad de presentar peritos de parte (algo no permitido en Cuba, en violación de la igualdad de armas en el proceso penal), impidiendo las testificales de su defensa, o en el mejor de los casos desacreditándolas sin justificación, y mediante una acusación fraudulenta y motivada por causas políticas.
En estos momentos Alexander Díaz Rodríguez se encuentra en el Hospital Abel Santamaria, en la sala de penados, escupiendo y vomitando sangre. Padece cáncer de garganta en fase terminal, anemia, desnutrición y hepatitis B. No le conceden la licencia extrapenal por catalogarle como “contrarevolucionario“. En prisión jamás ha recibido tratamiento médico adecuado, por lo que sus enfermedades han empeorado de forma alarmante hasta la situación actual. Es de esperar, como suele hacer el cartel criminal instaurado en La Habana, que este preso vea la excarcelación a pocos días o semanas de morir, algo terrible pero que es lo habitual en Cuba, y sólo para evitar la exposición pública de su muerte efectiva dentro de prisión.
- Jorge Bello Domínguez es periodista y activista del Movimiento Opositores por una Nueva República (MONR). Fue condenado a 15 de prisión por participar en la manifestación del 11 de julio en Güira de Melena, y sentenciado por los supuestos delitos de “Desórdenes Públicos”, “Sabotaje” y “Desacato”. Jorge fue detenido sin orden de detención, encarcelado sin tutela judicial, acusado mediante investigación prospectiva y fabricación de pruebas, en ausencia de un abogado defensor independiente (profesión independiente prohibida en Cuba que ha sido sustituida por juristas que trabajan para el Ministerio de Justicia y la Seguridad del Estado, es decir, la parte acusadora, como ha denunciado Naciones Unidas en numerosas ocasiones), sin la posibilidad de presentar peritos de parte (algo no permitido en Cuba, en violación de la igualdad de armas en el proceso penal), impidiendo las testificales de su defensa, o en el mejor de los casos desacreditándolas sin justificación, y mediante una acusación fraudulenta y motivada por causas políticas.
Jorge Bello Domínguez padece múltiples problemas graves de salud, Además de diabetes, padece una inflamación en los testículos que le produce sangrados, y tiene problemas oculares severos. Además, el 4 de enero, Jorge sufrió un infarto en la prisión Combinado del Este. La “atención” recibida es habitual con casos extremos como éste en Cuba. Primeramente, sintió un dolor agudo en brazo, pecho y estómago, a lo que las autoridades no hicieron caso alguno. Tras insistir mucho tiempo, fue finalmente llevado a un “hospital”, donde lo dejaron esperando horas y no recibió atención médica adecuada. Días después, aún con malestar, fue trasladado de nuevo al hospital, pero no había médico alguno atendiendo, por lo que lo devolvieron a prisión sin tratamiento alguno de nuevo. El 22 de marzo fue llevado desde la prisión de máxima seguridad Combinado del Este, en La Habana, a la prisión de máxima seguridad Guanajay, en Artemisa, donde permaneció en condiciones inhumanas sin asistencia médica, siendo además sometido a un tratos crueles.
- Carlos Alberto McDonald Ennis fue detenido el 15 de marzo de 2024, sin justificación legal ajustada a derecho y por causa de su activismo en contra del Gobierno de Cuba. Carlos Alberto fue detenido sin orden de detención, encarcelado sin tutela judicial, está siendo acusado mediante investigación prospectiva y fabricación de pruebas, y en ausencia de un abogado defensor independiente (profesión independiente prohibida en Cuba que ha sido sustituida por juristas que trabajan para el Ministerio de Justicia y la Seguridad del Estado, es decir, la parte acusadora, como ha denunciado Naciones Unidas en numerosas ocasiones), impidiendo las testificales de su defensa, o en el mejor de los casos desacreditándolas sin justificación, y mediante una acusación fraudulenta y motivada por causas políticas.
Más de un año después, Carlos Alberto McDonald Ennis aún sigue sin tutela judicial, mientras su salud se deteriora rápidamente en prisión, ya que fue operado de una pancreatitis por lo que tiene el estómago inflamado, y tiene además un tumor en la cavidad nasal (del que no se ha ubicado el lugar preciso donde se encuentra ya que no le han practicado las pruebas médicas necesarias). Por si fuera poco, sufre de diabetes e hipertensión, lo que agrava sus afecciones coronarias, y por todo ello presenta frecuentes sangrados en oídos y boca.
- Amalio Álvarez González fue condenado por participar en las manifestaciones del 11J en La Güinera a 15 años de privación de libertad, pena que cumple en la Prisión Combinado del Este en La Habana donde no recibe la atención médica y medicinas para sus trastornos de salud mental que sufre, discapacidad cognitiva y trastorno psiquiátrico, ni para los de salud física, como la creciente pérdida de visión. Por todo ello, recientemente se ha autolesionado provocándose una herida en el brazo que ha requerido 18 puntos de sutura, herida que, ante la falta de medicamentos en prisión, se ha infectado. Además, sufre desnutrición y lumbalgia. Su hermana Esperanza, la única familia que tiene Amalio, teme porque este pueda quitarse la vida en prisión. Amalio fue detenido sin orden de detención, encarcelado sin tutela judicial, acusado mediante investigación prospectiva y fabricación de pruebas, en ausencia de un abogado defensor independiente (profesión independiente prohibida en Cuba que ha sido sustituida por juristas que trabajan para el Ministerio de Justicia y la Seguridad del Estado, es decir, la parte acusadora, como ha denunciado Naciones Unidas en numerosas ocasiones), sin la posibilidad de presentar peritos de parte (algo no permitido en Cuba, en violación de la igualdad de armas en el proceso penal), impidiendo las testificales de su defensa, o en el mejor de los casos desacreditándolas sin justificación, y mediante una acusación fraudulenta y motivada por causas políticas.
Preso político excarcelado vuelve a prisión por negarse a ser un agente encubierto para la Seguridad del Estado
230 presos políticos en total fueron excarcelados en base a beneficios penitenciarios entre enero y marzo. Sin embargo, todos siguen cumpliendo sus condenas, intactas, bajo un régimen carcelario-domiciliar.
Los 230 excarcelados han seguido cumpliendo íntegramente sus condenas bajo dos tipos de subsidio de pena: libertad condicional y licencia extrapenal. Todos se encuentran bajo graves y concretas amenazas de volver a prisión mediante la revocación de sus subsidios de pena si los presos políticos excarcelados no se atienen a las siguientes condiciones: a) No pueden moverse de su ciudad de residencia; b) En la mayoría de los casos están obligados a desempeñar trabajos forzosos; c) No pueden publicar ni expresar su opinión en redes sociales ni hacer declaraciones a la prensa; d) No deben realizar activismo de derechos humanos ni tener comunicación alguna con organizaciones de derechos humanos; e) Deben comparecer a vistas regulares ante la Seguridad del Estado y los jueces de ejecución, entre otras amenazas.
No ha pasado un mes desde que el gobierno cubano anunciara la excarcelación de los 230, y ya ha sido revocado uno de los presos políticos excarcelados bajo amenazas: el régimen cubano ha revocado la libertad condicional a Jaime Rodríguez Firdó, preso del 11J excarcelado el 18 de enero, por negarse a colaborar como agente encubierto de la Seguridad del Estado.
El 1 de abril le fue revocada de forma arbitraria su libertad condicional, quedando nuevamente bajo régimen de Privación de Libertad. Jaime fue trasladado a la Unidad Policial de Capri en La Habana y posteriormente trasladado a la prisión El Vivac, en La Habana, y más tarde a la prisión 1580. Durante su excarcelación, Jaime Rodríguez Firdó fue citado en múltiples ocasiones por el oficial de la Seguridad del Estado conocido como “Ariel” con el objetivo de forzarle a que colaborase con la Seguridad del Estado. Ante la negativa de Jaime, fue amenazado con la revocación de su libertad condicional.
Una vez excarcelado, Jaime Rodríguez Firdó cumplía con el trabajo forzoso asignado por la Seguridad del Estado hasta terminar de cumplir la libertad condicional. Tras ser revocado, una vez en la estación policial, las autoridades informaron a su madre de que estaba siendo acusado, aunque los agentes no especificaron la causas. Los oficiales indicaron, no obstante, que el preso político se había ausentado de su trabajo por 72 horas, algo que él y la familia niegan taxativamente. Su padre, ante esta falsedad, recalca que “la jueza de ejecución está asombrada [de su revocación] dada la buena conducta que él tiene en todas sus verificaciones”. Pero quienes ordenan estas revocaciones en Cuba no son los jueces, que tan sólo las firman, sino la Seguridad del Estado, que es la entidad que ordena firmarlas.
Jaime Rodríguez Firdó fue condenado a siete años de prisión por participar en las protestas del 11 de julio en Cuba y aún tiene, por desgracia, años de condena por delante. No obstante, su valentía y capacidad de sacrificio debe ser puesta en valor ya que, si todo el pueblo de Cuba tomara ejemplo de este joven, el régimen de Cuba estaría imposibilitado de operar cometiendo crímenes de lesa humanidad por mucho más tiempo.
Violencia brutal contra presos políticos de la Prisión Melena del Sur
El 4 de abril, el prisionero político Juan Enrique Pérez Sánchez protagonizó una protesta en la Prisión de Melena del Sur, en Mayabeque, en la que se vistió de blanco y portó un cartel que rezaba: “Difamar también es delito, Patria y Vida”. Acto seguido, se cosió la boca. Inmediatamente, varios guardias de la prisión arremetieron contra él y le propinaron una brutal golpiza. Los también presos políticos del 11J en Cuba, Maikel Puig Bergolla y Aníbal Yasiel Jacinto Palau, que secundaron a Juan Enrique Pérez Sánchez en su protesta, fueron también golpeados salvajemente.
Juan Enrique Pérez Sánchez y Maikel Puig Bergolla fueron entonces llevados a celdas de castigo. Ante estos hechos, Aníbal Yasiel Jacinto Palau reclamó esta medida a los agentes de la prisión y fue agredido de nuevo por el teniente coronel Luis, Jefe de Orden Interior de la prisión, y por el oficial “Rudy”. Layda Yirkis Jacinto, madre de Aníbal Yasiel Jacinto Palau, acudió a la prisión ese mismo día y enfrentó verbalmente a estos dos oficiales, que no reconocieron los hechos. Preocupa mucho el estado de salud de Juan Enrique Pérez Sánchez, que sigue sin hacerse público.
Estos últimos episodios de malos tratos contra estos presos políticos de Cuba comenzaron cuando Aníbal Yasiel Jacinto Palau intermedió ante los oficiales para que le suministraran Alprazolam a Juan Enrique Pérez Sánchez, quien sufre trastorno del sueño y no recibe medicación desde hace un mes, por lo que su estado era lamentable. En esa ocasión, Aníbal Yasiel fue reprimido y maltratado verbalmente por mostrar su preocupación y reclamarles a los oficiales la violación de los derechos de su compañero.
Presos políticos verificados en Cuba este pasado mes de marzo
Con cierre de datos a fecha 31 de marzo de 2025, la lista de prisioneros políticos en Cuba contiene un total de 1.152 prisioneros políticos y de conciencia sufriendo sentencias judiciales o disposiciones de limitación de libertad por parte de las fiscalías sin supervisión judicial alguna, debido proceso o defensa efectiva, en flagrante violación de la ley internacional, lista que cada mes hacemos pública y distribuimos en todos los ámbitos políticos, diplomáticos y de defensa de los derechos humanos. En los últimos 12 meses (1 de abril de 2024 a 31 de marzo de 2025) la lista de prisioneros y presos políticos de Cuba sumó un total de 133 presos políticos nuevos (un promedio de 11 presos políticos nuevos en Cuba cada mes). Esto supone que a lo largo de estos 12 meses estuvieron presentes en la lista un total de 1.220 prisioneros políticos, recordamos una vez más, todos ellos torturados.
Cuba ha totalizado 1.821 presos políticos presentes en sus cárceles desde el 1 de julio de 2021 hasta final del mes de marzo pasado, en apenas 3 años y nueve meses.
Han entrado este pasado mes de marzo en nuestra lista de Cuba 8 nuevos presos políticos. Y 6 prisioneros políticos han salido de nuestra lista este mes pasado tras el cumplimiento íntegro de la sanción o medida impuesta.
Entre los presos políticos que se encuentran entre rejas hemos documentado hasta la fecha, en la lista actual de Cuba, 473 presos políticos con patologías médicas graves y 40 presos políticos con trastornos graves de la salud mental en Cuba, todos ellos sin tratamiento médico ni psiquiátrico adecuado.
De los 1.152 prisioneros políticos:
- 33 son los prisioneros políticos que fueron detenidos siendo menores, 31 chicos y 2 chicas. 29 de ellos aún cumplen sentencia y 4 están procesados penalmente con medidas cautelares sin tutela judicial alguna. En un informe destinado a las Naciones Unidas, el régimen de Cuba reconoció la veracidad de nuestras cifras. Hay que tener en cuenta que la cifra actual, sin embargo, no contempla otras muchas decenas de menores que ya han salido de la lista de presos políticos por haber cumplido íntegramente sus condenas. Los menores en Cuba son prisioneros en centros de carácter penitenciario, auténticas prisiones, que eufemísticamente se denominan “Escuelas de Formación Integral”, pero no dependen del Ministerio de Educación, sino del Ministerio de Interior. En estos auténticos centros penitenciarios con celdas se confinan, como ya denunció el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas el 9 de junio de 2022 en su Informe de Conclusiones, un mínimo de 150 niños por debajo de los 16 años cada año en Cuba. El mismo Comité destacó también como son, además, en torno a 260 los niños de 16 y 17 años cada año en Cuba los que sufren privación de libertad en prisiones convencionales. 410 menores, por tanto, sufren prisión al año en Cuba, según han podido confirmar las propias Naciones Unidas.
- 15 de estos menores mencionados han sido ya condenados por Sedición. La pena media de estos menores condenados por sedición es de 5 años de privación de libertad, un castigo en promedio superior al que sufrían, antes del #11J, los adultos en prisión política. En la actualidad la mayoría se encuentran en reclusión domiciliaria o trabajo forzado sin internamiento.
- De nuestra lista actual, 222 manifestantes han sido acusados de sedición con un promedio de 10 años de privación de libertad.
- La cifra de mujeres actualmente prisioneras, incluyendo condenadas en limitación de libertad domiciliar, alcanza las 121 mujeres que aún sufren autos y condenas políticas y de conciencia.
- Entre los presos políticos entre rejas hemos censado 473 presos con patologías médicas graves, habiendo confirmado que la causa se debe a la falta de alimentación, los maltratos, el ambiente represivo y su agravamiento por dicha falta de atención médica adecuada. Por otro lado, hemos verificado 40 presos políticos entre rejas con trastornos graves de la salud mental sin tratamiento médico ni psiquiátrico adecuado.
666 Convictos de Conciencia, 446 condenados de conciencia y 40 otros
Convictos de Conciencia y Condenados de Conciencia son aquellas víctimas cuya privación de libertad, los primeros, o limitación de libertad (los segundos), sea consecuencia de:
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del ejercicio de los derechos de libertad de conciencia, pensamiento, expresión, manifestación, reunión y/o asociación u otros derechos humanos fundamentales.
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, de los principios de presunción de inocencia y/o debido proceso o como consecuencia de una investigación prospectiva.
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del principio de neutralidad, imparcialidad y/o derecho a la defensa.
En otro grupo más complejo de catalogar, Otros Presos Políticos, incluimos casos en privación completa de la libertad, pero no catalogables como Convictos de Conciencia por acciones penalmente reprochables, si bien en su causal de origen está la represión de derechos fundamentales, y no la infracción o delito per-sé, y cuyos desproporcionados procesos y penas han sido ejecutados mediante una violación grave a sus derechos de defensa y debido proceso, causado todo ello por motivos políticos y/o ideológicos.
Por ello, los 1.152 prisioneros políticos verificados por su ejercicio de la defensa de sus derechos fundamentales se dividen en Convictos de Conciencia, Condenados de Conciencia y Otros Presos Políticos, que pueden ser examinados en nuestra lista de prisioneros políticos.
La clasificación actual de éstos es la siguiente:
- 666 Convictos de Conciencia
- 446 Condenados de Conciencia
- 40 casos de Otros Presos Políticos
Desobediencia Penal Precriminal, presos sin delito: otros 11.000 prisioneros políticos
Reconocemos en Prisoners Defenders, durante el mes de marzo de 2025, 1.152 prisioneros políticos relacionados con un activismo o expresión pública evidente de oposición a las políticas gubernamentales, o en el ejercicio y/o la defensa activa y pública de los derechos fundamentales del ser humano.
Pero también reconocemos otros más de 11.000 civiles, jóvenes -afrocubanos en su inmensa mayoría- no pertenecientes a organizaciones opositoras, con penas medias de 2 años y 10 meses, que sufren condenas “precriminales”, es decir, sin delito alguno cometido ni en grado de tentativa.
El Código Penal vigente hasta diciembre de 2022, y que condenó a la mitad de ellos aun cumpliendo pena, contemplaba que eran personas con tendencia a poder cometer delitos en el futuro “por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista” (Art. 72 de Código Penal vigente hasta diciembre de 2022). Así, se les impusieron penas de 1 a 4 años de prisión sin delito: ni investigado, ni sucedido, ni cometido, ni tentativo.
No sólo permanecen condenados por predelictiva los jóvenes que fueron sentenciados antes de diciembre de 2022. En el nuevo Código Penal, en vigor el pasado 1 de diciembre de 2022, se mantiene intacta la capacidad de condenas precriminales, o sin delito. Así, el artículo 434.1. de este nuevo Código Penal indica que “La autoridad competente del Ministerio del Interior puede advertir oficialmente a quien de forma reiterada realice acciones que la hagan proclive a delinquir o a quebrantar el orden social y constitucional”. Esta advertencia se convierte inmediatamente en una condena penal gracias a los nuevos artículos introducidos para ello, como el artículo 189.3., que dispone hasta 2 años de prisión por no atender dichas advertencias, fijadas por el art. 434.1., de ser “proclive a delinquir o a quebrantar el orden social y constitucional”.
Lógicamente, estas penas se aplican desde los 16 años de edad a todos aquellos que osen mostrar desafecto por las políticas gubernamentales. También se emplean para satisfacer actos represivos personales y abusos de poder de tipo personal o ideológico. Todos estos casos, gracias al nuevo Código Penal, se dirimen de forma sumaria mediante Atestado Directo (ES / EN / FR), un proceso policial sin posible defensa, como hemos explicado en un informe del 6 de junio de 2024.
El mero informe de las autoridades policiales indicando una “conducta inadecuada” permite, sin delito alguno, encarcelar de forma sumaria año tras año, por decisiones inmediatas y sin posible defensa, a más de 3.850 personas condenadas cada año por esta sola causa en el país, para sumar una cifra estacionaria de 11 mil personas condenadas por su hipotética “Desobediencia Penal Precriminal” en la Cuba actual.
Desde hace décadas, se ha condenado a prisión a una media de 3.850 personas al año por esta causa, antes llamada Peligrosidad Social Predelictiva y a la que el nuevo Código Penal ha dado continuidad con la Desobediencia Penal Precriminal.
El régimen argumenta en ámbitos diplomáticos que ya no condena a presos por causas precriminales debido a que han eliminado los artículos 72 al 84 en el nuevo Código Penal, pero al mismo tiempo publica en el Granma cómo instruye a sus jueces para potenciar la nueva Desobediencia Penal Precriminal. [1]
[1] Guardado en Web Archive: https://web.archive.org/web/20240605165025/https://www.granma.cu/cuba/2024-05-20/ante-el-delito-de-desobediencia-no-puede-existir-impunidad-20-05-2024-00-05-04